REPRESENTATIVIDAD DE LA MUESTRA

Hay 82 centros en Baleares que imparten ESO y Bachillerato, según la información ofrecida en la web de la consejería de Educación: http://weib.caib.es/Centres/centres_.htm.

33 centros no eligen ningún libro de texto, según la información dada en sus webs o en la página https://librosdelcole.es/centros/?state=BALEARES, ya sea porque elaboran material propio o porque simplemente no dan ninguna información.

49 centros publican la lista de libros de texto en sus webs o en páginas especiales, como https://librosdelcole.es/centros/?state=BALEARES.

23 centros públicos y concertados tienen como libro de texto en 1 Bachillerato, Lengua Catalana y Literatura, el de la editorial Anaya.

Los centros que tienen este libro de texto de la editorial Anaya, primero de Bachillerato, Lengua Catalana y Literatura, todos de tamaño medio o medio-alto, son los siguientes:

  • IES: Son Pacs, Son Ferrer, Sineu, Santa Margalida, Ramon Llull, Puig de sa Font/Son Servera, Pasqual Calbó, Marc Ferrer, Madina Majurka, Juníper Serra, Isidor Macabich, Guillen Cifre, Felanitx, Emili Darder, Alcudia.
  • Concertados: Madre Alberta, La Salle, Aula Balear, Llaüt, Nuestra Señora de Montesion, Sant Josep Obrer, Virgen del Carmen.

Conclusión: esta muestra es altamente significativa, porque

  • De los centros que publican lista de libros de texto, casi 1 de cada 2 centros (47%) (o 1 de cada 2 alumnos, dado el tamaño medio o medio alto de los centros) de Bachillerato en Baleares tienen como libro de texto en primero de Bachillerato, asignatura de Lengua Catalana y Literatura, el de la editorial Anaya.
  • Del total de los centros, los que publican lista de libros y los que no publican lista de libros, casi 1 de cada 3 centros (28%) (o 1 de cada 3 alumnos, dado el tamaño medio o medio alto de los centros) eligen el libro de la editorial Anaya, Lengua Catalana y literatura.
  • Dado que los centros son de tamaño medio o medio-alto se ha de concluir que casi la mitad de los alumnos de Baleares estudian con el libro de Anaya.

RESUMEN DEL ESTUDIO

La mayor parte de las alteraciones históricas de este libro se ubican en las páginas iniciales de cada unidad didáctica, en que se trata el contexto histórico, lingüístico y literario. No se detecta adoctrinamiento en los apartados gramaticales.

Se demuestra que en el libro de texto referenciado los autores (en adelante, el autor) acumulan alteraciones históricas, muy pocas de las cuales son simples errores, que pueden considerarse sin duda como manipulaciones históricas, inspiradas por cuatro objetivos:

  • Identificar Baleares con Cataluña
  • Afirmar el “espíritu nacional” de los territorios de habla catalana
  • Ofrecer una visión victimista de Cataluña y de la lengua catalana
  • Explicar la “minorización” del catalán como una consecuencia de decisiones y hechos políticos.

La mayor parte de las alteraciones siguen estos patrones:

  • “Aumentar”, “engrandecer” histórica y políticamente a Cataluña, mediante sustituciones lingüísticas injustificadas, que convierten lo menor en mayor (el condado de Barcelona se convierte en condados catalanes; los condados se convierten en Cataluña; los condes de Barcelona se convierten en reyes; la Corona de Aragón se convierte en confederación catalanoaragonesa; la dinastía de la Corona de Aragón pasa a tener una numeración de dinastía catalana, convirtiendo a los reyes Alfonsos II, III, de Aragón etc y Pedros II, III, etc. de Aragón en Alfonsos I, II, etc. y Pedros I, II, etc. de la Confederación catalanoaragonesa; la repoblación de Baleares y de Valencia en que participan cristianos de diversos reinos se convierte en repoblación exclusivamente catalana; los territorios en Occitania se convierten en el Sur de Francia; la ausencia de cantares de gesta en lengua catalana se convierte en existencia de cantares de gesta en catalán; las posesiones griegas de Neopatria y Atenas se convierten en toda Grecia; las expansión territorial en el Mediterráneo durante los siglos XIII y XIV se convierten en un mapa correspondiente al siglo XV)
  • Limitar el contexto histórico de Baleares exclusivamente al ámbito catalán, evitando los siglos de dominio musulmán y todo lo referido a la Corona de Aragón ajeno a Cataluña, Valencia y Mallorca.
  • Minusvalorar la presencia de otras lenguas en Baleares: el árabe en la Edad Media, y el castellano.
  • Trasladar el origen del concepto romántico del “espíritu nacional” a la Edad Media, inventando cantares de gesta escritos en catalán de los que no existe ningún texto y adjudicándoles el deseo de fortalecer el espíritu nacional, y trasladando a las cuatro Crónicas medievales también la intención de fortalecer el espíritu nacional.
  • Establecer como dogma la prohibición del comercio con América para los territorios de la Corona de Aragón, convirtiendo la prohibición de comerciar de castellanos, aragoneses, navarros, etc. desde puertos distintos a los de Cádiz y Sevilla, en prohibición exclusiva a territorios de la Corona de Aragón; convertir la autorización de comerciar con América a  desde cualquier puerto español en fin de la prohibición del comercio a los territorios de la antigua Corona de Aragón.
  • Considerar el avance del castellano en Cataluña, Valencia y Mallorca como algo negativo.
  • Establecer como relación necesaria causa-efecto decisiones políticas y la marginación del catalán: la entronización de la dinastía Trastámara en el XV se considera causa de decadencia del catalán; se adjudica a la unión de los tribunales de la Inquisición (cuyos autos eran secretos) el efecto de disminución del uso del catalán; se adjudica a la división de virreinatos por Carlos V, según el libro de texto, aplicados exclusivamente a los territorios del dominio lingüístico catalán (también afectaron a Aragón y posesiones americanas), el efecto de la dialectalización del catalán; se adjudica a la división en provincias el efecto de minorización del catalán; se inventan prohibiciones al uso del catalán en la Constitución de Cádiz.
  • Mención especial merecen las numerosas referencias a los Decretos de Nueva Planta. Se adjudica a los decretos de nueva planta la prohibición del catalán, a pesar de que ninguna disposición de los mismos lo indica, ni siquiera el artículo 4 del Decreto de Cataluña, que indica que se utilizará el castellano en los asuntos de la Real Audiencia, que se sustanciaban en latín, no en catalán. Esto se confirma por una Real Resolución de 1717 a petición de la Real Audiencia de Mallorca, en que se especifica que el castellano sustituye al latín en las “sentencias, decretos y provisiones” de las causas de la Real Audiencia, mientras que en el “conocimiento” de asuntos civiles y criminales se estará a los modos “antiguos”.
  • Utilizar términos políticos y geográficos propios del siglo XX a épocas históricas en que no tienen ningún sentido: confederación en vez de Corona o Rey de Aragón; Illes en vez de Reino de Mallorca, desde el siglo XIII a 1715; Illes en vez de Baleares, a partir de 1715; Cataluña Nord en vez de Occitania o Rosellón o Cerdaña; oficial como adjetivo aplicado a una lengua en épocas en que ese concepto no existía e inventar que Carlos V y Napoleón, en la Guerra de Independencia, declararon “oficial” el catalán.
  • Ocultar nombres para engrandecer el ámbito lingüístico catalán: pocas veces aparece Corona de Aragón y España, negando el término España a toda época anterior al siglo XVIII.
  • Ocultar los aspectos positivos de la historia común desde los Reyes Católicos (auge del comercio en el XVI y en el XVIII, modernización administrativa con Carlos V y con los Borbones, eliminación de las leyes de extranjería en los decretos de nueva planta, etc).

ANÁLISIS Y ESTUDIO

 

CONTEXTO HISTÓRICO.

Cada unidad didáctica del libro de texto se encabeza con una o varias páginas de introducción histórica.

Siempre la primera página es un cuadro sinóptico de tipo cronológico, que recoge en la primera columna el nombre de reyes, en la segunda columna, ciertos hechos históricos, en la tercera columna, manifestaciones literarias en catalán y en la cuarta columna, manifestaciones literarias universales.

A esta página le siguen una o dos páginas con el epígrafe “Història de la llengua i literatura”, que amplía lo expuesto en el cuadro sinóptico o añade nuevos hechos.

A continuación se analizarán los cuadros y las explicaciones históricas en orden cronológico, desde la Edad Media hasta nuestros días.

  1. Unidad didáctica 1.Cronología del siglo IX al XIII. Historia de la lengua y de la literatura: orígenes lingüísticos y literarios. Páginas 11, 12 y 13
  • Alteraciones históricas
  • 1.1. Se ofrece un contexto político e histórico a los hitos literarios de la lengua catalana. En vez de ofrecer el contexto político de la Corona de Aragón, en la cual se inserta Baleares desde su conquista, siglo XIII, limita el contexto exclusivamente a Cataluña desde cuatro siglos antes, con la clara intención de identificar Baleares con Cataluña.
  • 1.2.

Página 12 .  a) Se llama Illes a las Islas Baleares, lo que es un anacronismo, ya que Illes es el término con el algunos catalanes actuales llaman a Islas Baleares. b) No se acepta ni como hipótesis que, después de sólo tres siglos de dominación musulmana, además del árabe, en Mallorca se hablara también una variante del mozárabe. c) Se afirma, con total falta de rigor histórico, que los musulmanes permanecieron en Baleares cinco siglos. Conclusión: el libro de texto ofrece una interesada versión de sustitución lingüística del árabe respecto al latín-lenguas romances para así justificar la sustitución del árabe por el catalán en Baleares, y utiliza el anacronismo imperdonable les Illes.

  • Página 11. Se convierte en rey catalán  a Guifré el Pelós, que es solo conde, no rey. Se oculta el hecho de que Guifré el Pellós une en su persona los condados de Barcelona, Gerona, Cerdaña, Urgell y Besalú, lo que se llama la Casa de Barcelona. El resto de los condados no se unifican: Rosellón, Perelada, Ampurias, Pallar, Ribagorza,etc. A mayor abundamiento, por ejemplo, el Condado del Rossellón no pasa a formar parte de la Corona de Aragón hasta la muerte sin descendencia de Nunyo Sanç el 1242, que hizo heredero a su sobrino Jaime I. Es falso, por lo tanto que en su persona se unifiquen los condados catalanes.
  • Página 11. Página 13. a) Se consideran hechos literarios las glosas y los juramentos feudales, que evidentemente son documentos extraliterarios. b) Se retrotrae al siglo IX las glosas y juramentos feudales, cuando no hay ningún documento que atestigüe esta antigüedad para glosas y juramentos medievales en catalán; las primeras glosas conocidas en Europa son las glosas de Valpuesta (siglo IX) y las silenses y emilianenses a finales del X y siglo XI, todas en castellano. c) Se coloca en pie de igualdad literaria las glosas,que no son literarias, con las jarchas mozárabes y la poesía goliardesca europea. d) Contradiciendo lo dicho en la página 11, en la página 13 se retrotrae la datación de las glosas y documentos jurídicos al siglo VIII. e) Se reconoce en página 12 que los primeros documentos conservados en catalán no aparecen hasta el siglo XII, contradiciendo lo indicado en página 11, donde se consideran hechos literarios las glosas y juramentos feudales.
  • Página 11. página 13. Se convierte en rey catalán  a Ramon Berenguer, que es solo conde, no rey. Se hace pasar por composición catalana la “Cançó de santa Fe”, cuando hay varias posibles filiaciones lingüísticas, según los filólogos: occitano, lemosín y catalán. Los autores del libro faltan a la honradez histórica al no ofrecer las distintas versiones y al situar la “canço de santa Fe” en el contexto catalán exclusivamente.
  • Página 11. Página 12. a) Se convierte en rey catalán a Bórrel II, que es solo conde, no rey. b) Se oculta que la retirada del vasallaje a los francos por Borrel II, rompe el vasallaje con el rey franco para aceptar el vasallaje del califato de Córdoba. Con Almanzor las relaciones se rompen y los musulmanes infringen duras derrotas a la casa de Barcelona y al resto de los condados. Borrell II se declara otra vez vasallo del rey franco. Terminadas las hostilidades, Almanzor lo vuelve a aceptar como vasallo y Borrell II vuelve a renunciar al vasallaje del nuevo rey franco Hugo Capeto. Puede afirmarse que comienza la independencia “de facto” de la Casa de Barcelona y el resto de los condados catalanes, pero no como unidad política común.c) Se oculta que los reyes francos siguen durante siglos reclamando el dominio sobre la Marca y que la independencia “de iure” se produce con Jaime I, en el siglo XIII. d) Se afirma que la ruptura del vasallaje supone independencia de facto de Cataluña, cuyo nombre aún no existe, cuando en realidad lo que se consigue es una independencia de facto de la Casa de Barcelona. e) Se vuelve a utilizar “Illes”, la forma actual de llamar a Baleares por nacionalistas catalanes, en vez de Islas Baleares. Conclusión: Se crea una monarquía catalana y se confunde interesadamente la independencia de facto respecto a los francos de la Casa de Barcelona, en siglo X, con el nacimiento de Cataluña.
  • Página 11. Página 13.  a) Se convierten en reyes catalanes  a Ramón Berenguer III y IV, que son solo condes, no reyes; aunque es cierto que Ramon Berenguer IV tiene el título de Príncipe, por voluntad de Ramiro el Monje de Aragón, se ha de resaltar que en el vocabulario feudal Príncipe no significa dignidad real o hijo de rey sino el primero entre los nobles. b) Se oculta que el matrimonio de Petronila de Aragón con Ramón Berenguer IV incorpora la Casa de Barcelona al Reino de Aragón/Casa de Aragón. c) Se afirma que se constituye una confederación (término y significados desconocidos en la edad media) catalanoaragonesa. La realidad es, por el contrario, que mientras no hubiera heredero, Ramon Berenguer IV actuaba como subordinado al suegro, como príncipe, no como rey, aunque de hecho Ramiro el monje le ceda el gobierno. d) Por otra parte, se adjudica a Ramon Berenguer IV el “fi de la conquesta catalana”, lo que no es cierto, ya que es la Corona de Aragón la que continúa la conquista aragonesa tanto de reinos musulmanes, situados tanto al sur de los condados catalanes como al sur de Aragón. Los historiadores, epsecialmente Rovira i Virgili, niegan la existencia de ninguna confederación.  No se pueden aplicar conceptos políticos actuales a estructuras políticas medievales, basadas en unión personal de territorios en la persona del rey. Conclusión: se sustituye, contraviniendo el rigor histórico, la Corona de Aragón, llamada Casa de Aragón, por el de Confederación catalanoaragonesa, haciendo ver que hay igualdad entre dos reinos y evitando indicar que la Casa de Barcelona se subsume en el Reino de Aragón.  Por otra parte, se sitúa la reconquista desde una órbita exclusivamente catalana.
  • Página 11. a) Se llama al rey Alfonso II el Casto de Aragón Alfonso I el Casto, convirtiéndolo por tanto en rey catalán. b) Se cae en exceso al hablar de anexión del “sur” de Francia, ya que Alfonso II fortaleció su presencia y dominio en territorios de Occitania, que no incluía los más amplios territorios del Marquesado de Tolosa.
  • a) Se llama al rey Pedro II el Católico de Aragón Pedro I el Católico, convirtiéndolo por tanto en rey catalán. b) Se vuelve a caer en exceso al decir que se pierde el sur de Francia, cuando lo que se pierde es la Occitania que pasará al más poderoso marquesado de Tolosa.
  • Conclusión

Las páginas 11, 12 y 13 son una evidente y monumental manipulación histórica que desemboca en la ficción histórica. La acumulación de alteraciones no puede ser debido a errores voluntarios, ya que todas ellas siempre apuntan a la misma dirección, convertir a Cataluña en una unidad política desde siempre.

  • Se ofrece un relato histórico fundacional de Cataluña de corte nacionalista, remontando el origen de Cataluña al siglo IX, cuando ni el nombre ni la entidad de Cataluña existían, y engrandeciendo “territorialmente” y “regiamente” a la Casa de Barcelona, para convertirla en un un reino confederado con La Corona de Aragón. Todo ello se consigue con numerosas alteraciones-manipulaciones, que consisten en un sistemático uso de la sustitución lingüística, identificando y fundiendo de manera consciente, en contra de las bases historiográficas,
  • el condado de Barcelona con condados catalanes,
  • los condados catalanes con Cataluña (término inexistente en la época),
  • el conde de Barcelona con el Rey de Cataluña
  • la independencia de facto de la casa de Barcelona respecto al rey franco con la independencia de Cataluña,
  • la Corona de Aragón con la Confederación catalanoaragonesa (término inexistente),
  • la occitania aragonesa con el “sur” de Francia
  • Islas Baleares con “les Illes” (término nacionalista actual para designar Baleares).

El resultado de todo ello es la conversión del condado de Barcelona en Reino de Cataluña desde el conde Guifré el Pelós y en la numeración catalana de los reyes, hasta el punto de que los reyes Pedro II y Alfonso II de Aragón se convierten en Pedro I y Alfonso I de Cataluña.

  • Se evita cuidadosamente el contexto histórico de la Corona de Aragón, en la que los condados catalanes se integran, ofreciendo para Baleares solo el contexto histórico catalán.
  • Así como retrotrae, faltando al rigor histórico, la fundación del inexistente reino de Cataluña al siglo IX, se completa esta operación de retroceso en el tiempo con un relato fundacional cultural de Cataluña, por medio de la invención de una antigua literatura, coetánea con el relato fundacional histórico de Cataluña
  • considerando las glosas y juramentos feudales en catalán como hechos literarios;
  • inventando que las glosas y juramentos feudales están documentados en el IX;
  • adscribiendo al catalán una cançó del XI escrita en lengua incierta (la Cançó de santa Fe).
  1. Unidad didáctica 2. Cronología de los siglos XIII y XIV.. Historia de la lengua y de la literatura: la historiografía medieval. Páginas 47, 48 y 49, 50, 53, 55
  • Alteraciones históricas
    • 1.1. Página 47. Se sigue con la numeración de reyes de Cataluña, no de Aragón, al convertir a Pedro III el Grande de Aragón en Pedro II de Cataluña, a Alfonso III el Liberal de Aragón en Alfonso II el Liberal de Cataluña, a Alfonso IV el Benigno de Aragón, en Alfonso III el Benigno de Cataluña y a Pedro IV el Ceremonioso de Aragón en Pedro III el Ceremonioso de Cataluña.
    • 1.2. Página 48 . a) Se afirma que los repobladores de Valencia eran mayoritariamente catalanes. Es falso. Esta teoría surge de la falsificación de un facsímil del “Llibre del Repartiment” a cargo del archivero Próspero Bofarull, que en 1848 borró la mayor parte de los nombres y apellidos no catalanes para así dar una mayor representación a los pobladores catalanes. El investigador Antonio Ubieto (1973) descubrió esta falsificación y demostró, tras el análisis del verdadero “Llibre del Repartiment del regne de València” (1237) y “els llibres de avehinaments” (1357 y sucesivos), que sucedió todo lo contrario, que los pobladores de origen catalán fueron minoría frente a pobladores castellanos, aragoneses,navarros y de otros reinos de Europa. b) Asimismo se afirma que la repoblación de Mallorca se hace con catalanes en exclusiva. Es falso. b1) Tomando como base El llibre dels fets y el Llibre del repartiment, los historiadores constatan que los conquistadores proceden de toda la Corona de Occitania, de Navarra, de Aragón, de los condados catalanes, de Castilla. Se puede aceptar, aunque es difícil probarlo, que los catalanes fueron mayoría, pero de ninguna manera que fue una empresa “exclusivamente” catalana. De hecho, existen desde el XIII apellidos como García, Pizá –originario de Pisa- y París. En la siguiente cita de “El llibre dels fets” [1] Jaume I dice claramente que le acompañan en su empresa “hombres de toda España”, entendiendo por España algo habitual en la Edad Media, los reinos cristianos de la península: “ E fo aqui lo bisbe de Osca, el abat de Montarago, e Fferran Sanxes de Castre, e don ·Bñ· ·G· Dentença, en Exemen Pereç, e don Gonsaluo Pereç qui era sobrino de don Exemen Pereç Darenos, e lardiaca de Ualencia, e mostram los carta de la Reyna, e demanam los quens conseylassen en qual manera nos captendriem de ço quens hauia enviat a dir la Regina. E dixeren tots al bisbe de Osca quey dixes, e ell dix: Pus uosaltres ho uolets, el Rey, direy jo: Senyors, ella es gran cosa, e que jo conseylas al Rey que ell faes aquella cosa ab nos ell hauent tants nobles en la terra, axi con aon arquibisbes, e bisbes, e que ell prena conseyl a tan gran cosa que major es que la batayla Dubeda ni altra que anch fos en Espanya, tinch per bo quel Rey aiust sa cort, e quels mostre la cosa aquesta, e ab consel dels que faça ço que fer uol.” b2) En la cita siguiente, por orden del Papa, se predica en Francia la ayuda a Jaime I en la conquista de Mallorca [2]: “Dilectis filiis priori, et frater Raymundo, ordinis Predicatorum Barchinone. Salutem et apostolicam benedictionem. Sicut gratanter audivimus et referimus gratulanter, charissimus in Christo filius noster Jacobus, illustris rex Aragonum,..”(…) “Quocirca discretionis vestre per apostolica scripta mandamus, quatenus fideles Christi, tam clericos quam laicos, per Arelatensem et Narbonensem provinciam constitutos salubribus monitis et sedulis exhortationibus inducatis, ut regi predicto…” b3) El origen de muchos apellidos de los conquistadores no puede adscribirse exclusivamente a Cataluña, ya que (Amat, Castell, Sabater, Prat y otros) son comunes desde Provenza hasta Navarra, del Bajo Aragón a las tierras lemosinas y auvernienses. b4) Sólo la Crónica de Ramón Muntaner dice que la isla de Mallorca fue poblada por catalanes, pero esta crónica es de 1325-26, mientras que la Crónica Real (1244) y la Crónica de Bernat Desclós (1285-1295), más cercanas a los hechos dicen que la isla fue repoblada por “cristianos”.
    • 1.3. Página 48 . Se califica la expansión como una “expansión nacional” unida a la expansión del catalán. Calificar de “nacional” la conquista de Valencia, Mallorca y resto de territorios (conquistados por gente de variada procedencia geográfica) es aplicar un término y concepto actuales desconocidos en la Edad Media, en concreto en la Corona de Aragón, que consistía en un mosaico de territorios bajo la unión personal del rey. En la Edad Media, la natio sólo tiene un significado, el conjunto de los nacidos en un lugar; concepto que no puede aplicarse a la conquista de Mallorca y Valencia, por ser de muy variada procedencia geográfica los conquistadores.
    • 1.4. Página 48 . El mapa recoge la máxima expansión de la Corona de Aragón en el siglo XV. a) Es un claro desplazamiento temporal, ya que la unidad didáctica se limita a los siglos XIII y XIV; posiblemente la intención sea mostrar una expansión territorial como algo temprano, para así fortalecer el carácter “nacional” catalán; no ha de despistar la denominación “Corona de Aragón”, ya que en el resto de la página y en páginas siguientes el autor asigna “espíritu nacional” a Cataluña y a la lengua catalana. En este contexto, sitúa la expansión de la Corona de Aragón como una empresa catalana. b)El mapa colorea toda Grecia, incluida la parte bizantina cuando solo fueron posesiones de la Corona el ducado de Atenas y de Neopatria.
    • 1.5. Página 49. a) Se afirma que el objetivo de la literatura épica tenía como finalidad “fomentar la identidad nacional propia”. La expresión “identidad nacional” es inapropiada para aplicarla en la Edad Media,en la que se tejía un sinfín de contratos de vasallaje centrados en la figura de cada señor feudal, no de su pueblo ni de una nación. Es el mismo error que se se produce al juzgar al Poema de mio Cid como un libro de identidad nacional castellana. b) No se conoce ningún poema épico en catalán, por lo que no puede afirmarse, primero, que existiera la literatura épica, ni mucho menos que tuviera finalidad de fijar la “identidad nacional”. Se trata de un intento burdo de igualar la literatura catalana con la francesa y la castellana, que sí tuvieron literatura épica, y ponerla al servicio del “espíritu nacional”
    • 1.6. Página 49. a) Sin embargo, dos párrafos más abajo, aunque se admite que no se conoce ningún texto épico en catalán, da carácter probatorio (“delatan”) a lo que tan solo se puede juzgar como un débil indicio: ciertas rimas internas y provenzalismos insertos en las crónicas. b) El autor del libro de texto, además, se contradice, ya que los restos de provenzalismos lo único que puede indicar, como una mera hipótesis, es que los cantares de gesta estaban escritos en provenzal o inspirados en la literatura provenzal y no en catalán; c) Tales débiles indicios en ningún caso pueden hacer afirmar a un historiador serio que el objetivo es fortalecer la identidad nacional. De hecho, ni en la literatura épica castellana y francesa, que sí existieron, se puede sostener hoy que el objetivo es fortalecer la identidad nacional de un pueblo.
    • 1.7. Página 49. No solo se insiste en afirmar que existió lo inexistente, los cantares de gesta, sino que además se permite resumir el argumento central de los cantares de gesta en que los héroes luchaban contra los infieles y contra los enemigos de la “patria”.
    • 1.8. Página 50. Al abordar la Prosa Historiográfica, Las Cuatro Crónicas, la del Rey Jaume I, la de Bernat Desclos, la de Ramon Montaner y la de Pedro III, afirma que, al igual que en la literatura épica, el objetivo es fomentar el “patriotismo” y exaltar “el espíritu nacional”. Este juicio nacionalista es un anacronismo, como se ha dicho anteriormente, al recoger las Crónicas hechos de la Corona de Aragón, y no de Cataluña exclusivamente, y al descansar la Corona de Aragón en la persona del monarca, a cuyo enaltecimiento sirven las crónicas,y al descansar las relaciones feudales en contratos de vasallaje personales y no nacionales y siendo los habitantes de la Corona gente muy diversa que hablaba lenguas diversas. Además, oculta el autor del libro que en El llibre dels fets, se cita España 18 veces y que se afirma varias veces que los que participan en la conquista de Mallorca son gentes de España y que la conquista se hace en nombre de Dios y de España. Aunque el término España no se puede entender como un concepto político, sí se presenta a España como un término geográfico identificado con los reinos cristianos, es decir, que la conquista de Mallorca forma parte de una empresa común de “España”. Esta ocultación solo puede tener un sentido, no dar presencia a algo que puede poner en duda el concepto nacionalista de la historia, que Cataluña se inserta en una historia común.
    • 1.9. página 53. Página 55. En los ejercicios correspondientes a las cuatro crónicas reales, el autor introduce dos preguntas referidas a dos fragmentos de la Crónica de Bernat Desclot. En la segunda pregunta se afirma categóricamente que Desclot quiere fomentar el espíritu nacional, mientras que en la otra se plantea como objeto de reflexión la finalidad de la crónica de Desclot de exaltar el espíritu nacional. Teniendo en cuenta que en las páginas de explicación teórica de las cuatro crónicas se ha afirmado que el objetivo es sin ningún lugar a dudas fomentar el espíritu nacional, la primera pregunta es una mera pregunta retórica que sólo acepta una respuesta, sí.
  • Conclusiones
    • 2.1. Como en el apartado 1, se sigue sustentando la ficción de una monarquía catalana, manteniendo la cadena de reyes numerados como reyes catalanes y no aragoneses.
    • 2.2. Se pretende dar un carácter “nacional” y “nacionalista” a la conquista de Valencia y Mallorca y otros territorios, afirmando sin rubor que los repobladores eran exclusivamente catalanes, cuando está demostrado que participaron gente de muy diversa procedencia, dentro de la Corona de Aragón y de fuera de la Corona de Aragón, y que los de origen catalán fueron la mayor minoría en Valencia y tal vez una mayoría en Mallorca.
    • 2.3. Para fortalecer este carácter nacional, el autor del libro no duda en servirse de la producción literaria para sus propósitos nacionalistas. a) Primero, se inventa un género literario desconocido en catalán, los cantares de gesta, afirmando sin ningún soporte documental que la finalidad de la literatura épica es fortalecer la identidad nacional y patriótica de un pueblo. b) Segundo, afirma categóricamente que las cuatro Crónicas Reales tienen como objetivo fortalecer el espíritu nacional, afirmación claramente presentista, anacrónica, porque el concepto nacional es desconocido en la Europa feudal, donde las relaciones de vasallaje son relaciones personales, y porque los reyes de la Corona de Aragón narran los hechos desde el punto de vista de los intereses del rey de Aragón y de la Corona de Aragón y para enaltecer al rey (que incluye aragoneses, catalanes, mallorquines, valencianos, occitanos…), y porque en las crónicas no se considera incompatible Aragón, Cataluña y España, ya que Aragón y Cataluña son tierras de España, entendida España como un continente territorial de Aragón y los demás reinos cristianos.
    • 2.4. Para fortalecer este carácter nacional, se “engrandece” el territorio, insertan un mapa del siglo XV, época de máxima expansión territorial, en el contexto de los siglos XIII y XIV y se “engrandece” las posesiones en Grecia, incorporando toda Grecia a la Coona de Aragón.
    • 2.5. Se sigue sin reconocer, al menos como hipótesis, que pudiera haber en la Valencia y Mallorca musulmanas una lengua romance anterior a la conquista.
  1. Unidad didáctica 3. Cronología de los siglos XIII y XIV.. Historia de la lengua y de la literatura: Ramon Llull. Páginas 79, 80
    • Alteraciones
      • 1.1. El cuadro cronológico es idéntico al de la unidad didáctica, página 47, con las mismas alteraciones indicadas en el apartado 2, sobre la numeración de los reyes Pedros y Alfonsos a la catalana, obviando los Pedros y Alfonsos aragoneses anteriores al matrimonio entre Petronila y Ramon Berenguer IV.
      • 1.2. En las explicaciones históricas y literarias referidas a Ramon Llull no se detecta ninguna alteración histórica.
  1. Unidad didáctica 4. Cronología de los siglos XIV-XV Historia de la lengua y de la literatura: La prosa religiosa, didáctica y satírica. Páginas 111, 112
    • Alteraciones
      • 1.1. Página 111. Continúa la numeración de los Reyes Pedros y Alfonsos como reyes catalanes y no aragoneses

Página 112. Se repite una vez más que las crónicas, obras historiográficas, tienen como objetivo fortalecer el “espíritu nacional”. Como se ha indicado anteriormente, el concepto de lo “nacional” es algo desconocido en la Edad Media.

  1. Unidad didáctica 5. Cronología de los siglos XIV y XV. Historia de la lengua y de la literatura: la prosa humanística y narrativa. Página 149

El cuadro cronológico es idéntico de la unidad didáctica 4, En el apartado la prosa humanística y narrativa no se aprecia ninguna alteración histórica.

  1. Unidad didáctica 6.Cronología del siglo XV Historia de la lengua y de la literatura: La poesía del siglo de Oro. Páginas 189, 190, 191, 242
    • Alteraciones
      • 1.1. Página 189. Página 189y 242 a) El dato de la Inquisición, tal y como se presenta en el cuadro cronológico, sin ninguna contextualización, traslada la idea de que la Inquisición se instaura por primera vez en Cataluña y Aragón con los Reyes Católicos, cuando en realidad esta institución existía en Aragón desde 1231 y la hace ver como una creación castellana. b) Es cierto que en la página 242 corrige este dato, indicando que la inquisición existía en Aragón desde 1231 y en Castilla desde los Reyes Católicos; sin embargo, este desplazamiento temporal libera de la responsabilidad de Fernando II, rey de Aragón, de la unificación de la inquisición de Castilla y Aragón y traspasando la responsabilidad a los Austrias.
      • 1.2. página 191. La edad de Oro literaria la protagonizan autores valencianos. El libro de texto oculta que los autores de este siglo de oro indican con claridad que escriben en lengua valenciana. Sin entrar en si el valenciano es dialecto del catalán o no, este ocultamiento consigue silenciar la opinión, contraria a orientación abrazada por el autor del libro, de los que defienden que el valenciano es una lengua distinta del catalán.
      • 1.3. Página 191. Se da por sentada la existencia de las Regles d’esquivar…, cuando en realidad se trata de una más que segura falsificación en 1932 del pancatalanista Massot, que es el primero que da noticia de las Regles, escritas fraudulentamente en el Códex de Carbonell del siglo XV. El Códex de Carbonell había sido estudiado en profundidad en el siglo XIX por varios investigadores y ninguno había hecho referencias a las Regles. Además, son muchas las incongruencias y contradicciones que indican la falsificación, entre ellas la denominación de “lengua catalana”, inexistente en el XV, en vez de “lengua valenciana”. En todo caso, el autor del libro debería haber reconocido al menos, por honradez intelectual, que hay filólogos que consideran Les Regles una falsificación.
      • 1.4. Página 191. a) Se considera “negativo” que en el XV el castellano se convierta en una lengua hablada en Cataluña, algo grave en un libro de texto al hacer un juicio de valor sobre un hecho no ligado a ninguna guerra ni imposición legal, trasladando a los alumnos que sólo hay una lengua legítima. b) Se afirma que esta expansión se debe a la entronización de la dinastía Trastámara, de origen castellano. Esta deducción es realmente asombrosa por su simplicidad, ya que no se da ningún caso parecido en la historia; no se habló español en Alemania, Austria y Hungría cuando Fernando I de Habsburgo, hermano de Carlos V, se convirtió en rey de Hungría en 1527, en Rey de Romanos en 1531 y emperador en 1558, tras la abdicación de Carlos V; ni el francés se habló en España con los Borbones. c) Se dice en el libro que su uso se redujo a la corte, sin embargo se sabe que el castellano era lengua franca para las clases medias y populares de muchas partes de Cataluña. Como ejemplo, a finales del XV las imprentas de Barcelona imprimían más en castellano que en catalán.
  • Conclusiones
    • 2.1. Como en el apartado 1 y siguientes, se sigue sustentando la ficción de una monarquía catalana, manteniendo la cadena de reyes numerados como reyes catalanes y no aragoneses.
    • 2.2. La orientación nacionalista cultural del libro se empeña en engrandecer artificialmente la cultura catalana a) ocultando la universal denominación de “lengua valenciana” para la lengua de los escritores del siglo de oro valenciano, b) aceptando la existencia de un diccionario de uso que es una falsificación, c) ocultando que el castellano era una lengua que se conocía en amplias capas de la población
    • 2.3. La orientación nacionalista política lleva al autor del libro a a dar a entender a) que la Inquisición se introduce en Aragón por influencia castellana, b) que el castellano se extiende por influencia de la Inquisición, cuyas causas eran secretas, c) que el castellano se hablaba por una minoría cortesana, consecuencia de la entronización de los Trastámara, insinuando que respondía su uso a meras causa políticas y así poder culpar más adelante a los Borbones de la imposición del castellano.
  1. Unidad didáctica 7. Cronología de los siglos XVI y XVII. Historia de la lengua y de la literatura: El proceso de sustitución lingüística. Páginas 241, 242, 243, 244.
      • 1.1. Página 241. Página 242. Página 243. Página 248 a) Se afirma que Carlos V acepta el catalán como lengua oficial. Sin embargo, ni existe esa promesa en documento alguno  ni existe el término y concepto de oficial aplicado a una lengua. b) Se afirma que el ámbito lingüístico se divide en virreinatos, lo que supone una manipulación gravísima, pues el virreinato se instaura por el Rey también en Aragón y en la América española y no responde a criterios lingüísticos. Además, la dialectización (sin entrar en la hipótesis de que el mallorquín y el valenciano sean lenguas y no dialectos del catalán) del catalán en sus diferentes territorios era anterior a los virreinatos, ya que las formas  valencianas y de Cataluña diferían desde la conquista de Valencia y Mallorca, como se puede comprobar en textos civiles y literarios valencianos. c) Se da a entender que bajo los Austrias España se sume en el caos, cuando solo hace falta repasar la historia de La Corona de Aragón para comprender que las guerras externas e internas no han sido desconocidas. d) Como en la unidad 6, se insiste en reducir el ámbito del castellano a la corte, lo que contradice datos (libros impresos) y testimonios de escritores (Alfonso de Valdés, Cervantes…) que indican que el castellano se conocía en amplias capas de población de Cataluña; lo curioso es que el mismo autor del libro confirma en la página 248, contra sus anteriores afirmaciones, en el fragmento seleccionado de Pere Gil en la página 248, que Cataluña el castellano se entiende en “unas pocas ciudades”, pero que resultan ser las más importantes y pobladas de Cataluña: Barcelona, Tarragona, Gerona, Tortosa, Lérida, Perpinyà, Cervera, etc. e) Se afirma que en época de Carlos V y Felipe II se produce la ruina  económica de la burguesía, cuando lo cierto es que la decadencia de Barcelona y su área de influencia se produce en el siglo XV, siendo Valencia, ciudad mucho más grande y rica, la más importante de Aragón y que el advenimiento de los Austrias supone una cierta recuperación demográfica y económica para Cataluña respecto al siglo XV.
      • 1.2. Página 241. Página 242 a) a) Se afirma que se prohibió comerciar con América a Cataluña, lo cual es rotundamente falso. A partir de 1520 se establece un monopolio de puertos de comercio, limitando el comercio con América a los puertos de Cádiz y Sevilla; lo que quiere decir que tanto los puertos del Cantábrico como los del mediterráneo dejaron de operar comercialmente con América y que los comerciantes castellanos, navarros y aragoneses podían operar libremente con América tomando como puerto de entrada y salida Cádiz y Sevilla. b) Vuelve a insistirse que el idioma castellano se conocía y usaba solo en la nobleza, lo cual es falso, ya que no solo muchos nobles seguían utilizando el catalán como que el castellano se conocía en amplias capas de población ya desde el XV, como se ha indicado en epígrafes anteriores. c) La referencia al Tratado de los Pirineos (1659) y pérdida de Rosellón y Cerdaña, sin referencia a que Luis XIII había declarado la guerra a España en 1636 en el marco de la guerra de los 30 años, que Francia había ayudado a los sublevados catalanes en 1640 y que Francia había vencido finalmente a España, siendo la sublevación de Cataluña uno de los factores que debilitaron a España, transmite la falsa idea de que la pérdida de esos territorios se debe a un acuerdo. d) La unificación de los Tribunales de la Inquisición debía haberse comentado en la unidad didáctica correspondiente al siglo XV, lo cual habría transmitido correctamente la información de que esta unificación de tribunales fue una apuesta de Fernando II, rey de Aragón, y no de Isabel I de Castilla. e) Considera un factor de castellanización la unificación de los tribunales de la Inquisición, lo cual es realmente inverosímil por ser sus actuaciones y registros materia reservada, por tener la inquisición española la más baja actividad de las inquisiciones europeas católicas y protestantes (3.000 ejecuciones en tres siglos en toda España) y porque en todo caso el uso del castellano por la inquisición indica no que sea una causa de castellanización sino una consecuencia del amplio conocimiento del castellano en Aragón desde el siglo XV
      • 1.3. Página 242. a) Es un anacronismo introducir una referencia a Felipe V, siglo XVII, en el apartado histórico del siglo XVI. b) Da a entender que la denominación de Rey de España no se aplicaba en los siglos XVI y XVII a los Austrias, lo que es falso, ya que no solo los europeos llamaban rey de España a Carlos V y sus descendientes sino que los propios Austrias se denominaban reyes de España y esta denominación aparece en muchos documentos, entre ellos la Gazeta de Madrid,periódico de iniciativa privada (https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1662/005/A00007-00008.pdf) y en monedas , (https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/7/75/Filippo_1657.jpg/350px-Filippo_1657.jpg) cuya leyenda es “Philipvs iiii hispaniarvm rex”, de 1657,leyenda que coincide con los ducatones del Borbón Felipe V fabricados en la ceca de Amberes: (http://corveracoins.blogspot.com/2016/02/los-ducatones-de-plata-de-felipe-v-en_23.html)  cuya leyenda es “Hispaniarvn et Indiarvm rex”
      • 1.4. Página 243. a) Se comete un grave anacronismo al introducir hechos del siglo XVIII en el contexto histórico del siglo XVII. Véase más adelante las consideraciones sobre los Decretos de Nueva Planta.
      • 1.5. Página 243. Vuelven a repetirse alteraciones históricas, repetición que indica una clara voluntad de manipulación. a) Liga la decadencia literaria con la decadencia económica, lo cual no es cierto, ya que el siglo XVI y XVII son de recuperación en Cataluña respecto al siglo XV; b) afirma que el comercio de Indias estaba prohibido para Aragón, lo cual es falso como se ha indicado anteriormente, porque todos los comerciantes de España podían operar con América, pero solo desde puertos de Cádiz y Sevilla; c) afirma que Cataluña y Aragón soportaron fuertes contribuciones para sufragar las guerras de los Austrias, lo que es rotundamente falso, ya que todo el peso económico recaía especialmente en Castilla y la contribución de Aragón para los gastos militares exteriores era muy limitada; es cierto que fue en la época del  Conde-Duque, en la segunda mitad del siglo XVII, es cuando se pretende que todos los reinos participen económicamente en la Unión de Armas y aligeren carga a Castilla, pretensión que es una de las causas del levantamiento llamado Corpus de sang, pero en ningún caso se puede convertir  la decisión del Conde-Duque en causa de ruina de Aragón durante el siglo XVI y primera mitad del XVII. d) Se afirma como causa de decadencia económica la falta de protección frente a la competencia comercial italiana, lo que supone un desconocimiento grave, o malintencionado, de la historia, ya que durante el XVI el avance del imperio turco supone la decadencia del comercio italiano en general, no solo del aragonés, y porque Carlos V y Felipe II procedieron con decisión a la defensa, frente a los turcos y frente a otros reinos cristianos, de los Reinos de Nápoles y Sicilia, herencia de la Corona de Aragón, defensa decidida que fue la que en todas las cancillerías europeas se generalizara la denominación de Rey de España, además de emperador, aplicada a Carlos V.

 

  • Conclusiones: son muchas las alteraciones que pueden considerarse manipulaciones y no errores históricos:
    • 2.1. Se evita el nombre de España a los reyes de la casa de Austria sistemáticamente y se afirma con rotundidad en el pie de una foto que el primer rey de España fue el borbón Felipe V.
    • 2.2. Liga la decadencia literaria en catalán a la decadencia económica de Aragón, cuando en realidad el siglo XVI fue de recuperación respecto al XV; la relación causa económica-efecto literario es realmente sorprendente, porque la decadencia económica de un país con una lengua asentada desde siglos nunca ha sido causa de decadencia literaria, como lo atestigua la decadencia económica de las ciudades italianas desde los siglos XVII al XIX, que no causa la pérdida del italiano como lengua literaria, a pesar de estar sometida gran parte de Italia a España, Francia e Imperio Austrohúngaro.
    • 2.3. Considera causas de decadencia económica a hechos inventados, como las fuertes cargas impositivas de Aragón para las guerras de los Austrias, como la desprotección de la monarquía del comercio mediterráneo frente al comercio italiano y como que el comercio con América estaba prohibido a los no castellanos.
    • 2.4. Afirma, en la línea de anteriores apartados, que el castellano se limitaba a la corte y a la literatura culta, pero que era poco comprendida por el pueblo llano, lo que contradice los datos de la época (publicaciones de imprentas, testimonios de escritores y de lo indicado en el propio libro de texto en la página 248) que indican que el castellano se entendía por una amplia franja social.
    • 2.5. Considera causa de sustitución del catalán hablado por el castellano a hechos no relevantes, como la unificación de los tribunales de la inquisición, cuyas actuaciones se movían en el mayor de los secretos, y a la decadencia económica; también considera causa de dialectización del catalán a algo irrelevante lingüísticamente, como la creación de virreinatos en Aragón y América. Por último, considera causa de sustitución lingüística un hecho que ni en los siglos XVI y XVII aún no se había producido, los decretos de Nueva Planta, abrazando la falsedad de que en los decretos de Nueva Planta se prohíba el uso del catalán en favor del castellano (Véanse más adelante las consideraciones sobre los decretos de Nueva Planta).
  1. Unidad didáctica 8. El siglo XVIII. Historia de la lengua y de la literatura: El siglo XVIII. Páginas 273, 274, 275.
  • Alteraciones
    • 1.1. Página 273. Página 274. Página 275. a) Se afirma que los Decretos de Nueva Planta prohíben la lengua catalana sin especificar el territorio, por lo que se da a entender que se prohíbe el catalán en Mallorca, además de en Cataluña y Valencia. b) Las afirmaciones anteriores son rotundamente falsas, b1) porque no hay ninguna disposición lingüística en los decretos de Nueva Planta de Aragón, Valencia y Mallorca; b2) porque el único artículo lingüístico es el número 5 (número 4 según otras numeraciones) del Decreto de Nueva Planta de Cataluña, donde se indica que es obligatorio usar el castellano en las causas de la Real Audiencia; como las causas de la Real Audiencia siempre se tramitaron en latín, la obligación de usar el castellano no sustituye al catalán sino al latín. Además, como ningún artículo del Decreto de Nueva Planta de Cataluña hace referencia a la lengua de tribunales inferiores, que se sustanciaban en gran medida en catalán, se ha de deducir que siguieron sustanciándose en catalán. El artículo 4 del DNP de Cataluña dice[3]  “5. Las causas en la Real Audiencia, se substanciarán en lengua Castellana, y para que por la mayor satisfacion de las partes, los incidentes de las causas, se traten con mayor deliberacion, mando, que todas las peticiones, presentaciones de Instrumentos, y lo demás que se ofreciere, se haga en las Salas. Para lo corriente, y publico, se tenga Audiencia publica, Lunes, Miércoles y Viernes de cada semana, en una de ellas, por turno de meses” c) Lo dicho anteriormente, se confirma en una Real Resolución de 1717, que da respuesta dudas planteadas por la Real Audiencia de Mallorca, sobre cómo ha de actuar; se dice con total claridad que “las sentencias, decretos y provisiones se escriban en castellano, expresando motivos, y no en latín, como se hacía antiguamente”[4]; d) por otra parte, en la misma Real Resolución de 1717 se expresa que en el “conocimiento” de asuntos civiles y criminales se siga el estilo antiguo, “conozcan de las causas civiles y criminales, como hacían los de la antigua”, lo que quiere decir, presumiblemente, que se hicieran en catalán..
    • 1.2. d) La inconsistencia de la acusación de la prohibición de la lengua catalana queda patente en el fragmento de la página 275 del mismo libro de texto, donde se reconoce que en el siglo XVIII se elaboraron tratados gramaticales e históricos y diccionarios y catálogos de escritores, como consecuencia del impulso de creación de academias y conocimiento de la historia, impulso difícilmente compatible con la presunta prohibición del uso público de la lengua catalana.
    • 1.3. Se ocultan disposiciones de los decretos de Nueva Planta que pueden considerarse positivos como la eliminación de las leyes de extranjería que impedían a un no natural de Mallorca o de Cataluña tener cargos en Mallorca y Cataluña, estableciendo que tanto podía un mallorquín y catalán tener cargos en Cataluña, en Mallorca como en el resto de España, también al revés; la imposición del “catastro”, que obligaba a tributar a los nobles; la clara disposición de igualdad de derechos y deberes de todos los españoles.
    • 1.4. Página 273Se liga la fragmentación del dominio lingüístico con la división en provincias, de la misma manera en en la unidad 7 se ligaba la fragmentación del dominio lingüístico con el establecimiento de los virreinatos por Carlos V. No se entiende la razón por la que se relacionan dos fenómenos radicalmente distintos entre sí.
    • 1.5. Página 274. Se vuelve a insistir en que Cataluña tenía prohibido el comercio con América y que se permite en el XVIII. Es falso, ya que en el XVI el comercio con América estaba permitido para todo el mundo, siempre que se operara desde los puertos de Cádiz y Sevilla, privilegio de puerto que sufrieron tanto los puertos cantábricos y atlánticos como mediterráneos. En el siglo XVIII lo que se liberaliza es el comercio desde cualquier puerto de España.
    • 1.6. Página 274. Se utiliza el nombre de “Cataluña norte” para designar los territorios de la Corona de Aragón que pasaron a dominio francés después de la Paz de los Pirineos. Esta denominación era desconocida y solo se usa en el vocabulario pannacionalista actual.
    • 1.7. Página 274. Por primera vez aparece el nombre de España en el libro de texto. También se reconoce que durante este siglo Cataluña experimenta un auge económico notable y el efecto beneficioso de aranceles proteccionistas para el comercio interior.
  • Las siguientes alteraciones no son errores sino manipulaciones:
    • 2.1. Se miente sobre la prohibición del catalán presente en los Decretos de Nueva Planta, porque esta prohibición sustituye el latín, no el catalán, por el castellano únicamente en los causas de la Real Audiencia, quedando el catalán como lengua usual en las causas de órganos jurisdiccionales menores. Esta mentira lleva consigo la falsedad de la conclusión extraída por el autor del libro de texto: que la inexistente prohibición sea causa de decadencia y desprestigio de la lengua catalana.
    • 2.2. Se ocultan las disposiciones de la Nueva Planta que pueden considerarse positivas.
    • 2.3. Se miente sobre la liberalización del comercio con América, al insistir que hasta el siglo XVIII el comercio con América estaba prohibido para los catalanes, cuando la realidad es que en el XVI estaba permitido el comercio con América y que en el XVIII lo que se permite es poder comerciar desde cualquier puerto cantábrico o mediterráneo.
    • 2.4. Se aplica un término del siglo XX, ·Cataluña Norte”, no oficial, propio de la terminología nacionalista, para designar a los territorios, actualmente franceses, de El Rosellón y La Cerdaña.
  1. Unidad didáctica 9. El siglo XVIII. Historia de la lengua y de la literatura: La Renaixença. Páginas 309, 310, 311, 313, 317
    • Alteraciones
      • 1.1. Página 309. Se afirma que se pierden las colonias españolas. a) Error frecuente en la historiografía, sin demasiada importancia, ya que se mantuvieron algunas posesiones americanas. b) Es discutible que las posesiones americanas fueran colonias, ya que en una colonia no se replica el modelo administrativo y político de la metrópoli, cosa que ocurrió en las posesiones españolas en América, que eran provincias, tenían representación en el Parlamento en los intermedios liberales, y sus habitantes eran españoles.
      • 1.2. Página 310. a) Vuelve a insistirse sobre la prohibición de la lengua catalana por los Decretos de Nueva Planta. Ya se demostró que no hubo tal prohibición en el capítulo anterior (véase 8.1.1.). b) Se afirma que las nuevas leyes que reforman la administración en “el nostre domini lingüístic” es causa de pérdida de prestigio social del catalán. Se trata de una mera suposición, porque no hay ninguna disposición en los decretos que impida el uso del catalán y porque la relación causa-efecto entre la reforma de la administración y el prestigio de una lengua es imposible de determinar. c) Se da a entender que estas leyes sólo se aplican en Cataluña, Baleares y Valencia, cuando también se aplicaron en Aragón.
      • 1.3. Página 310. Sostiene que con la Constitución de Cádiz las lenguas autóctonas estaban prohibidas. Es falso, ya que no hay ninguna disposición en la constitución de Cádiz que diga tal cosa.
      • 1.4. Página 310. Afirma que la “Ilustración” había situado al castellano en posición de lengua de prestigio mientras había arrinconado el catalán a usos coloquiales y a la literatura popular. Es totalmente disparatado considerar un movimiento de cultural, artístico y literario como una entidad dotada de voluntad para marginar un idioma.
      • 1.5. Página 310. Se afirma que hay escritores que “autoodian” el catalán. Se trata de un juicio de valor del autor que ningún autor catalán que escribe en castellano en esta época comparte. Considerar que el castellano ofrece más ventajas y es una lengua más evolucionada culturalmente no indica “autoodio” del catalán.
      • 1.6. Página 313. Se vuelve a afirmar que la prohibición de comerciar con América pesaba sobre la antigua Corona de Aragón. Esta afirmación ya se ha demostrado anteriormente que es falsa. Nunca hubo tal prohibición, sino una limitación a comerciar desde los puertos de Cádiz y Sevilla, limitación que afectaba tanto a castellanos, navarros como a catalanes.
      • 1.7. Página 313. Se afirma que en la guerra de Independencia, llamada Guerra del Francés, el catalán es proclamado lengua oficial con el francés. a) Es verdad que los franceses usan el catalán en documentos oficiales, con la intención de ganar voluntades, después de los terribles asedios a Gerona y Tarragona.. b) No es verdad que el catalán se proclame lengua oficial, ya que no hay ninguna disposición que diga eso. c) Se oculta que Cataluña fue anexionada a Francia por Napoleón; d) Se oculta que los catalanes se levantaron contra la ocupación francesa, al igual que el resto de los españoles, por lo que la falsa proclamación del catalán como lengua oficial no debió de pesar mucho en los catalanes.
  • Todo el apartado tiene un tono “victimista”
    • 2.1. Se insiste en dos falsedades que se convierten en leitmotiv de todo el libro, que no pueden considerarse por su insistencia en un error: a) la prohibición de los territorios de la antigua Corona de Aragón de comerciar con América (véase apartado 7); b) la prohibición del uso del catalán en los decretos de Nueva Planta
    • 2.2. Se añade a la tesis del “prohibicionismo” del catalán la falsedad de que la Constitución de Cádiz sigue prohibiendo el catalán y la falsedad de que en la Guerra de Independencia/Guerra del francés se proclama oficial el catalán.
    • 2.3. Considera la Ilustración como un ente que margina el catalán y a los catalanes que escriben en castellano como autores con “autoodio” del catalán.
  1. Páginas 105, 131, 186, 218

Como se ha dicho al principio, las alteraciones se centran en los apartados de contexto histórico-literario de cada unidad didáctica. El resto de los apartados de cada unidad didáctica tiene poco que reseñar, especialmente los apartados gramaticales.

Se recogen los siguientes fragmentos que, situados en el contexto histórico de cada unidad didáctica, se prestan a ser interpretados en clave nacionalista

  • página 105. Forma parte de un artículo de Vicenç Pagés, inserto en la unidad didáctica 3. Es un texto sobre el que hacer un comentario de texto. Presenta la convivencia de las lenguas catalana y castellana como una convivencia conflictiva. No tendría demasiada importancia en sí mismo, pero dada la orientación nacionalista de las explicaciones históricas ofrecidas al principio de cada unidad didáctica, el fragmento traslada una idea nada despreciable de rivalidad no amistosa.
  • Página 131. Texto inserto en la unidad didáctica 4, cuyo contexto histórico es la Cataluña de siglos XIV y XV. El texto forma parte de un ejercicio de debate, en el que hay que comentar retóricamente este texto y otro de Luther King. El texto es de Pau Casals y cae en groseros errores históricos como considerar que Cataluña fue la primera democracia, tuvo el primer parlamento democrático (el primer parlamento medieval son las Cortes de León de 1188; las Asambleas de Paz y Tregua catalanas no pueden considerarse como un parlamento), tuvo las primeras naciones unidas y fue en la edad media una tierra de paz contra la guerra, todo ello a propósito de unas negociaciones de paz, como tantas hubo en la Edad Media. Se traslada la idea de que Cataluña siempre ha estado contra la guerra (“els catalans d’aquell temps ja estaven contra,CONTRA la guerra”. En resumen, es un texto de raigambre profundamente nacionalista y chovinista. Aunque el texto es de Casals y no del autor, el hecho de seleccionarlo para ilustrar la técnica de un debate, puede considerarse una acción premeditada del autor del libro de texto, en su afán de engrandecer nacionalmente a Cataluña. Hay que tener en cuenta, además, que el contexto histórico al que se refiere Casals es la Edad Media, precisamente la época histórica correspondiente a la unidad didáctica 4.
  • Página 186. Este texto es la base de un apartado “Llegim i comentam textos d’avui i d’ahir”. El texto en sí no es discutible, ya que está basada en una mención honorífica de 2013 de la famosa enciclopedia.
  • Página 218. Fragmento de la Crónica de Pere el Ceremonios, inserta en el apartado 2 de la unidad didáctica 6 LA POESÍA DEL SIGLO DE ORO (XV). Relata unos hechos sucedidos en Valencia en el XIII, con un caballero protagonista que exhibe una actitud altiva ante los reyes. Ante la indignación de la reina, hermana del rey castellano Alfonso X, el rey indica que en Castilla los súbditos están sojuzgados mientras que en su reino los hombres son libres y tienen al rey como señor. El contexto histórico literario de esta unidad didáctica 6 insiste varias veces en que una de las causas de la extensión del castellano en Cataluña en el XV es la entronización de la dinastía Trastàmara. Los hechos relatados en la crónica de Pedro el Ceremonioso son anteriores al siglo XV, pero al insertarse en una unidad didáctica que afirma, en su introducción, que el castellano empieza a utilizarse en Cataluña por la entronización de la dinastía castellana Trastámara y que esta introducción es un hecho negativo, la intención queda clara, identificar Castilla con despotismo y tiranía (reina consorte Leonor, siglo XIII-dinastía Trastámara, siglo XV).

 

[1] http://blog.bitassa.cat/stuff/bitassa.homeip.net/llibre_dels_fets.pdf

[2] http://www.jaumeprimer.uji.es/cgi-bin/arxiu.php?noriginal=001362

[3] (https://www.guillermoperezsarrion.es/files/2011/09/LG.pdf)

[4] (https://www.guillermoperezsarrion.es/files/2011/09/LG.pdf)