- La moción apuesta por acabar con el “grave desequilibrio” entre ambas modalidades provocado por las deficiencias en la legislación sobre parejas de hecho
Palma, martes 26 de noviembre de 2019. Ciudadanos (Cs) presentará en los municipios en los que tiene regidores una iniciativa en favor de la igualdad entre parejas de hecho y matrimonios a la hora de acceder a la pensión de viudedad, ya que la diferencia en el trato a unas y otros supone, a juicio de la formación naranja, “una clara vulneración del artículo 14 de la Constitución, por medio del cual se proclama el principio de igualdad”.
La moción, que ha sido ya o será presentada en las próximas semanas en los municipios de Alcúdia, Andratx, Calvià, Inca, Lloseta, Llubí, Llucmajor, Marratxí, Ses Salines, Sineu y Sóller, afirma que esta desigualdad es generada “por las deficiencias que la actual legislación en materia de parejas de hecho lleva a aparejada en cuanto a los requisitos de acceso a la pensión de viudedad”.
De esta manera, afirma que al valorar los ingresos, la normativa que regula el derecho de las parejas de hecho a tener acceso a la pensión de viudedad (el Real Decreto Legislativo 8/2015, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) “no tiene en cuenta si la situación del sobreviviente al momento de la muerte es permanente o de carácter meramente circunstancial, con lo que únicamente se tienen en cuenta los ingresos del miembro que sobrevive en un periodo determinado (el año anterior a la muerte), convirtiendo la situación en completamente injusta para quienes optan por este tipo de unión de parejas”.
Por ello, la formación naranja insta en su moción al Gobierno de España a modificar el Real Decreto Legislativo 8/2015 para equiparar los derechos en el acceso a la pensión de las parejas de hecho con el de los matrimonios civiles, así como a aprobar en el plazo máximo de un año un Proyecto de Ley de Parejas de Hecho por el que se incorpore en el Código Civil una regulación de las parejas de hecho que evite “cualquier tipo de discriminación jurídica de las parejas de hecho frente a los matrimonios por razón de su estado civil o de la naturaleza o formalidad de su relación de convivencia, cuando concurran el resto de requisitos que se establezcan en cada caso”.