- Eva Pomar (Cs): “Pretender subir al 25% el gravamen por la Plusvalía demuestra el afán recaudatorio de las administraciones locales en un impuesto considerado inconstitucional cuando se aplica en las transmisiones sin beneficios reales”
Palma, miércoles 23 de marzo de 2022. La portavoz del grupo municipal de Ciudadanos (Cs) en el Ayuntamiento de Palma, Eva Pomar, ha anunciado que la formación liberal ha presentado enmiendas a la Modificación de la Ordenanza reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como “Plusvalías”. “No apoyaremos la modificación de la Ordenanza pues recoge el afán recaudatorio del Gobierno de Pedro Sánchez, que solo servirá para empobrecer más a las familias en la grave situación económica que estamos viviendo”, ha declarado Pomar, que ha acusado al Gobierno de Hila de realizar políticas con “afán recaudatorio”, al pretender subir el gravamen de la Plusvalía del 18% actual al 25%, a pesar de haberse comprometido en no aumentar la presión fiscal durante la legislatura.
“El Ayuntamiento de Palma nos presentan una modificación de la plusvalía diciendo que lo convierten en un impuesto más “justo”, pero lo que vemos desde el Grupo Municipal Ciudadanos es que se convierte en una forma de compensar las pérdidas que pueden afectar a los Consistorios por los ingresos que dejarán de percibir en concepto de Plusvalía municipal y con las reclamaciones que harán particulares solicitando la devolución de aquellas Plusvalías liquidadas indebidamente según el criterio del Tribunal Constitucional”, ha explicado Pomar.
En este sentido, la portavoz de Cs en ‘Cort’ ha señalado que “en nuestras enmiendas solicitamos que no se aumente el tipo de gravamen de la Plusvalía” y que “se modifique la Ordenanza para que la forma de cálculo de la cuota tributaria refleje de un modo más fiel el incremento del valor de los terrenos, que, entre otras modificaciones deberá incorporar la vinculación de la tributación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos a la plusvalía real obtenida por el transmitente, en vez de vincularla a una plusvalía irreal, dependiente del valor catastral y de los años transcurridos desde la última transmisión”.
Asimismo, Pomar ha apostado por “mantener exenciones para los bienes de interés cultural y para las entidades declaradas de interés general acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo”, así como a “mantener en la futura Ordenanza bonificaciones del 95% de la cuota a los bienes con valor catastral hasta 200.000 euros en los casos en los que el incremento del valor se manifieste, por causa de muerte, respecto de la transmisión de la propiedad de la vivienda habitual y de los locales afectos a la actividad económica y siempre que quienes adquieran la vivienda sean los descendientes, ascendientes, o el cónyuge”.